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MIFID [2]

La nueva Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (Mifid) ya está en vigor. A partir de hoy los bancos y cajas están obligados a informar con detalle a sus clientes de los peligros que pueden conllevar ciertos productos de inversión. La normativa incluida bajo esas siglas tiene como principales objetivos reforzar la protección al cliente en materia de inversiones y crear un mercado financiero europeo integrado. Los principales productos de inversión regulados por la Mifid son los fondos de inversión, las acciones de renta variable, los títulos de renta fija y los derivados.

Aunque algunas entidades empezarán desde hoy a cubrir los mínimos exigidos, lo cierto es que en nuestro país todavía se está tramitando en el Senado, y no estará plenamente vigente al menos en un mes. De hecho, un estudio reciente realizado por Accenture señalaba que sólo un 14% de los bancos de inversión a nivel europeo serán líderes en términos de implantación Mifid. Y en referencia a España, «Financial Times» citaba recientemente a nuestro país como uno de los del vagón de cola en la implantación de esta directiva.

No obstante, es muy probable que a partir de hoy los clientes de entidades españoles empiecen a recibir cartas comunicándoles su clasificación. Es decir, si es un cliente Mifid (porque la entidad le presta servicios de inversión) o no lo es.

En el caso de que lo sea, la gran mayoría estará dentro del segmento «minoritario», que son los que tienen que tener el máximo nivel de protección posible, según la norma. Los clientes denominados «profesionales», tendrán que acreditar la experiencia y cualificación necesarias en operaciones financieras como para poder valorar por ellos mismos correctamente los riesgos inherentes y tomar una decisión con conocimiento de causa. Por último, están las «contrapartes elegibles», segmento en el que se incluyen empresas de inversión, aseguradoras y entidades de crédito, entre otras. No obstante, el cliente puede solicitar el cambio de clasificación, pero tendrá que acreditar una serie de requisitos.

Cuando los clientes minoristas vayan a solicitar o contratar algún tipo de inversión a su banco o caja de ahorros, la entidad tendrá que realizarle un exhaustivo test, denominado de «idoneidad», para conocer con precisión los conocimientos y experiencia de éste en inversiones, su situación financiera y los objetivos de su inversión. Es decir, las entidades tienen la obligación de conocer a fondo los riesgos que puede correr el cliente, si éste los comprende y si es consciente de ello. Pero además, debe asesorarle correctamente en si el producto solicitado es idóneo o no para él o sobre cuáles son los más convenientes para sus necesidades.

Información imparcial y clara

La información facilitada por la banca también está regulada por la Mifid, incluida la precontractual (descripción de productos), los contratos y la información postcontractual (extractos y confirmaciones de órdenes). En este aspecto, dice que las comunicaciones deben ser imparciales, claras y no engañosas, para que los clientes comprendan la naturaleza y riesgos del servicio o producto, así como sus gastos.

Asimismo, la banca debe prevenir y controlar con procedimientos desarrollados a tal efecto, posibles conflictos entre los intereses de las entidades que prestan los servicios de inversión y los intereses de sus clientes. Además, las entidades deberán establecer y aplicar procedimientos para ejecutar órdenes de los clientes de forma rápida y precisa y siempre en las condiciones más ventajosas para éstos.

Algunas entidades españolas llevan ya dos años trabajando en su adaptación a esta nueva normativa. Por ejemplo, Caja Madrid inició su andadura en la aplicación de esta norma en octubre de 2005, y para ello tuvo que crear 20 grupos de trabajo para determinar las actividades más afectadas.

Mercado único europeo

Por otra parte, la Mifid supondrá la creación de un mercado único europeo de instrumentos financieros, permitiendo a las empresas ofrecer sus servicios en toda la Unión Europea gracias a una autorización regulatoria común para operar en todos los países miembros. Por tanto, el llamado «pasaporte único» europeo dará paso a una reducción general de costes al permitir el acceso a nuevos mercados dentro de la UE. Mifid también homogeneizará las normas de conducta profesional y eliminará las normas de concentración existentes en algunos mercados.

 

Fuente: ABC

la bolsa sube

Escribe José Ramón Iturriaga en El Confidencial:

Al calor de lo que ha sido el comportamiento de la bolsa –que no del resto de mercados- en el último mes y medio, se podría escribir un manual bastante sencillo para invertir en renta variable.

 

1 - Malos datos de actividad. Implican que la Reserva Federal va a bajar los tipos de interés por lo que la bolsa sube.

 

2- Datos de acuerdo con lo que espera el consenso. Esto es bueno para la volatilidad por lo que la bolsa sube.

 

3- Y si los datos son mejor de los esperado, la economía se fortalece por lo que la bolsa también sube. Esta interpretación es demasiado intuitiva, en la versión avanzada no sé si se debería incluir…

 

4- Un banco pierde en un trimestre ocho mil millones de dólares –prácticamente lo que gana el Santander en un año-. Lo peor está por detrás y el camino está despejado de posibles sorpresas negativas. La bolsa sigue subiendo.

 

5- El petróleo rompe máximos históricos y está en dólares comparables sólo un 10% por debajo del nivel que marcó a final de los años 70 –sí, al final de la segunda crisis del petróleo-. Esto es muy bueno para las petroleras por lo que la bolsa en su conjunto sube.

 

6- El petróleo recorta desde máximos históricos. Los consumidores se van a ver beneficiados por lo que la bolsa para arriba.

 

7- El dólar se desploma a mínimos nunca vistos. Bueno para las multinacionales norteamericanas por lo que la bolsa sigue subiendo.

 

8- Recupera algo el dólar. Este movimiento va a relajar las tensiones inflacionistas, ya sabemos lo que hace la bolsa.

 

9- Malos datos de inflación. El valor de los activos es nominalmente mayor por lo que la bolsa sube.

 

10- Buenos datos de inflación. Los beneficios empresariales son de mejor calidad. Y la respuesta es la de siempre.

 

11- Y todos estos puntos se podrían resumir en dos: compra todo lo que tenga que ver con China o con energías renovables y olvídate. Sólo tiene un camino. Día que pierdes mirando fundamentales, día que te pierdes de subida.

 

Y mañana comentamos la lectura que haga el mercado de la bajada de la Fed. Pero, según este sencillo manual el resultado sólo puede ser uno…

REUTERS

LONDRES.- El consorcio formado por Santander, Fortis y Royal Bank of Scotland ha emprendido la tarea de recortar unos 19.000 puestos de trabajo que no necesitará de su flamante adquisición, el banco holandés ABN AMRO.

Mientras estudia cómo acometer esta reestructuración, en la que contempla que la mitad de los despidos sean en los Países Bajos, el consorcio se ha puesto manos a la obra para evitar la marcha de los mejores banqueros de la entidad.

Royal Bank of Scotland está particularmente interesado en no perder a aquellos miembros del equipo de banca de inversión de ABN cuyos vínculos generaban importantes ingresos por asesorías para el banco holandés.

Una manera de lograrlo será ofrecer lucrativos paquetes a los empleados más importantes, aunque esta medida podría causar cierta tensión dentro del propio equipo de RBS.

Sin embargo, la otra cara de la operación serán los 19.000 despidos. Entre los cuatro bancos suman 400.000 trabajadores en el mundo, de los que sólo ABN tiene unas 100.000 personas, incluidos unos 23.000 en los Países Bajos.

Despidos en Holanda

A los despidos forzados que llevará a cabo RBS en Holanda, se suman los 7.800 empleos que suprimirá Fortis en el país, según ha recordado el dirigente Ahmed Kansouh del sindicato holandés CNV, que representa a un importante número de los empleados de ABN en los Países Bajos.

Un tercio de los despidos afectará al equipo técnico, otro tercio a la banca minorista y el resto se producirán en la banca privada, en la de administración de activos y en la corporativa. Por otro lado, se crearán 2.000 empleos de manera inmediata en los Países Bajos, según Kansouh.

Aunque la mayor cantidad de los despidos se acometerán “en los próximos nueve meses”, y en dos años ya se habrá completado el 90% por ciento de estos recortes, el consorcio ha afirmado que requerirá unos tres años para finalizar la reestructuración de costes.

Fuente: El Mundo vía Hispanidad

A mediados de Julio recibí una carta de Barclaycard España en la que se me comunica la revisión de las condiciones de la tarjeta Barclaycard como consecuencia de las distintas subidas de los tipos de interés por parte del Banco Central Europeo.

“Como consecuencia de ello, a todas las compras y pagos que se realicen a partir de agosto, se les aplicará un TAE del 22,9%(TIN DEL 1,73%). Mientras que el tipo para disposiciones de efectivo en cajero, que se realicen a partir de la misma fecha, quedará fijado en el 23,90%TAE (TIN 1,80%).”

Examino extractos de otras entidades y así me encuentro con la Caixa que aplica un TIN mensual del 2% y TAE del 26,82%; American Express un TIN mensual aplicado sobre compras del 1,53%/ TAE 19,95%, y sobre disposiciones en cajeros TIN mensual 1,67% / TAE 21,95%; Citibank aplica en su tarjeta un TAE 24,71%.

Me pregunto y traslado las preguntas a la blogosfera: ¿Cómo es posible que, si el tipo de interés para los descubiertos de las personas físicas consumidores -por ley- no puede exceder dos veces y media el tipo legal del dinero, aprobado cada año en los Presupuestos Generales del Estado, los tipos TAE de las operaciones crediticias soportadas mediante tarjeta de crédito excedan al menos en 10 puntos a estos tipos? ¿Si esto no es usura, como lo podemos llamar?

Las tarjetas de crédito, emitidas en su mayoría por entidades bancarias, entiendo deben ser supervisadas por el Banco de España. ¿No tiene nada que decir al respecto el supervisor? ¿ y los organismos competentes en materia de consumo?

¿Acaso la prima de riesgo de las operaciones con pago aplazado mediante tarjeta de crédito supera en 10 puntos a la de un descubierto o a la de cualquiera otra operación crediticia? ¿Tan elevada es la morosidad de estas tarjetas?

Agradezco aportaciones que nos ilustren al respecto.

Este post fue publicado el 20 de Agosto de 2006, en malvasíaBlog. La situación no ha cambiado desde entonces.

Lo que sigue a las hipotecas “subprime” en USA. son las tarjetas de crédito y la financiación al consumo. Para tomar nota.

Fuente: El Economista

Las revisiones de las cuotas hipotecarias, el desencadenante de la actual crisis crediticia, puede tener otras consecuencias: el aumento de impagos en las tarjetas de crédito. Como señala un analista de Merrill Lynch, este fenómeno podría ser “el nuevo esqueleto en el armario”.

Y es que muchos estadounidenses están comenzando a “maximizar” sus tarjetas de crédito para evitar perder sus hogares, así que otra gran cantidad de deudas se está amontonando sobre la primera. Y en un momento en el que la crisis de crédito está endureciendo las condiciones que imponen los bancos para realizar nuevas hipotecas o refinanciar las ya existentes, el problema se agrava.

Contagio de las subprime

El proceso es simple. Los trabajadores, especialmente aquellos con sueldos variables que dependen de comisiones o bonus, usan la tarjeta de crédito para cubrir las necesidades, mientras que el salario va para la hipoteca. “Cuando las condiciones de crédito se endurecen, los pequeños deudores miran hacia el plástico”, señala David Rosenberg, economista de Merrill Lynch. “Ya estamos viendo las primeras señales”, añade.

Además, las tarjetas de crédito, que tienen mayores intereses, tan sólo posponen la inevitable crisis. “Nuestra mayor preocupación ahora es que hay mucha gente que tendrá que elegir entre una ejecución hipotecaria o declararse en bancarrota”, dice Gregory Brown, director de política social de Metropolitan Family Services. Además, este tipo de problemas no están afectando sólo a gente con hipotecas ‘subprime’, si no que también a gente que pueda tener hipotecas un poco por encima de sus posibilidades.

Datos preocupantes

Desde Merrill Lynch se apunta como dato muy preocupante el incremento de los impagos en tarjetas de crédito, que en el segundo trimestre alcanzaron el nivel más alto en los últimos tres años. Según Rosenberg, la próxima preocupación llegará con las vacaciones navideñas, que podría poner contra las cuerdas a muchos más propietarios de vivienda hipotecados.

Bruce Harting, analista de Lehman Brothers, también creen que los problemas en los pagos de las hipotecas se contagiarán a las tarjetas de crédito, y que además lo harán a los préstamos para comprar automóviles y a otros tipos de créditos de consumo. El experto del banco estadounidense cree que sólo es cuestión de tiempo.

 

Nuevos ETF en Madrid

La entidad gala Lyxor se convierte en la más activa en España en este segmento de la Bolsa con once fondos cotizados. Los ETF se pueden comprar como una acción a lo largo de la jornada bursátil, reparten dividendo y las comisiones son inferiores al 0,5%.

Para comprar acciones chinas, rusas o indias, invertir en bolsas latinoamericanas o tener en cartera pequeños valores europeos ya no será necesario acudir a las bolsas de origen y será tan fácil como comprar títulos de Telefónica o Iberdrola. Desde mañana los pequeños ahorradores podrán hacerlo en la bolsa española gracias a los nuevos fondos cotizados (ETF, siglas en inglés) que Lyxor saca a cotizar.La filial de Société Générale ampliará la gama de ETFs que cotizan en la Bolsa española con seis nueve productos (Lyxor ETF China Enterprise (HSCEI)Lyxor ETF MSCI EMU Small Cap, Lyxor ETF MSCI India, Lyxor ETF Russia (DJ RusIndex Titans 10), Lyxor ETF MSCI EM Latam y Lyxor ETF MSCI EM Emerging Markets) que eleva a once los productos de estas características que tiene en España y hasta veinte la oferta total del mercado español.

Pero su estrategia en este segmento no acaba aquí. De hecho antes de que cierre el año, la entidad espera poder sacar al parqué otros cinco productos más, con lo que se colocaría como la entidad con más fondos cotizados en el mercado español. El banco, uno de los líderes en este segmento en Francia, deja para enero de 2008 los productos de renta fija. La entidad cuenta en Europa con ocho ETF que invierten en renta fija y que siguen la evolución de la deuda pública en la zona euro, con diferentes duraciones.

No es la única que apuesta por este producto. BBVA cuenta con seis, que invierten en el Ibex 35, el Euro Stoxx 50, dos de renta fija y los dos referenciados a los índices Latibex. En próximas semanas sacará al parqué el ETF que replica al Ibex Top Dividendo. Santander, por su parte, que aspira a convertirse en referente de estos productos -para ello ha creado una marca para productos cotizados que se llama Flame- tiene otros tres. Sus fondos replican al Ibex 35 y a los índices de valores de pequeña y mediana capitalización (Ibex Small Cap y Médium Cap). Además, la entidad trabaja en nuevos productos, ésta vez centrados en la renta fija.

Producto para el inversor particular

El ETF es un híbrido entre una acción y un fondo, por tanto este producto cuenta con las ventajas de ambos productos de inversión. Las comisiones que se aplican son más bajas que las de los fondos tradicionales de renta variable. De hecho, todos los productos de estas características que cotizan en el mercado español tienen comisiones de gestión inferiores al 0,5% mientras que las que cobran los fondos tradicionales de bolsa pasan del 1,6%.

Además, se puede comprar y vender a lo largo de la sesión bursátil, por lo que resulta una buena opción de inversión para los particulares. Otro de los alicientes con los que cuenta este producto es el reparto de dividendo. Dependiendo del producto y de la entidad, la distribución del dividendo suele tener una periodicidad de una o dos veces al año.

Fuente: Cinco Días

Ajuste de precios

Las transacciones de viviendas en España han descendido un 11,5% en 2007, el número de nuevos permisos ha pasado de subir un 18,4% entre 2005 y 2006 a tan sólo un 1,5% un año después. Caen las viviendas iniciadas. Los precios tanto residenciales como de suelo se desaceleran. Estos son sólo algunos datos que refleja el último informe que dedica a España el Deutsche Bank (DB), que lleva jocosamente por título Casi todo lo que quisiste saber [sobre el mercado inmobiliario español].

Guiños cinematográficos aparte, el informe, que viene ilustrado con una casa de campo española derruida (ver imagen), se hace preguntas del tenor “¿Cuándo finalizará la desaceleración de los precios de la vivienda? ¿Quién está financiando a los hogares españoles? ¿Qué extensión tiene el exceso de oferta? ¿Cuánto afectará el ajuste al crecimiento del PIB? ¿Cuál es el impacto sobre los sectores bancario y de la construcción? ¿Cómo es el mercado español de las hipotecas subprime? (…)”.

Entre sus respuestas se pueden encontrar perlas como que el precio de la vivienda en España registrará una caída nominal en 2008 en un proceso de ajuste que puede ser excesivo, que nadie duda de una sobrevaloración inmobiliaria de entorno al 30%, que el cambio de ciclo puede dañar la economía hasta el punto de generar recesión y que las entidades más pequeñas son las que pueden sufrir un impacto inevitable en su rentabilidad como efecto de las hipotecas subprime.

Concretamente, Deutsche Bank señala que aunque el Gobierno prevé que el crecimiento de los precios de la vivienda se estabilice en torno a los niveles de inflación, que actualmente se sitúa en el 2,7%, “nada garantiza” que esta previsión se haga realidad. Este descenso de los precios podría generar “ansiedad” en el mercado y acelerar el proceso de ajuste, “especialmente en un contexto de endurecimiento de las condiciones crediticias”, subraya el informe.

Fuente: El Economista

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A quien pueda interesar:

vía Martín Varsavsky

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Los organismos supervisores de servicios financieros, Banco de España, CNMV y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), junto al Instituto Nacional de Consumo (INC), han lanzado una iniciativa para informar a los usuarios sobre cómo deben actuar para presentar sus reclamaciones si consideran que una entidad financiera ha vulnerado sus derechos.

Los organismos han editado un folleto informativo en el que se explica ante quién y cómo se puede reclamar, las fases del procedimiento de reclamación y los efectos de la resolución que se emite al final de este proceso.

Por ahora, 100.000 unidades

El folleto, cuya tirada inicial es de 100.000 unidades, se distribuirá, principalmente, a través de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), intermediarios financieros, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), DGSFP y red de sucursales del Banco de España. Incluye, además, un formulario recortable que, una vez cumplimentado, permite la presentación formal de la queja, que se hará llegar a la instancia pertinente.

La publicación también informa sobre qué organismo es competente en cada caso. Así, el Banco de España será el más indicado si la incidencia está relacionada con productos o servicios bancarios; la CNMV si el problema surge con un producto o servicio de inversión o la DGSFP si es una cuestión que tiene que ver con contratos de seguros y planes de pensiones.

La reclamación se podrá presentar indistintamente ante cualquiera de los tres organismos, sucursal del Banco de España u Oficina de Información al Consumidor, que se encargarán de hacerla llegar al supervisor encargado de su resolución, aunque será más rápida si se remite directamente al que sea competente en cada caso.

Información completa

El documento detalla igualmente el contenido y documentación mínima que debe acompañar a la reclamación -motivo concreto de la misma, datos personales del reclamante, entidad contra la que se dirige, acreditación de haber cumplido el trámite previo ante el Servicio de Atención o Defensor del Cliente de la entidad- y las posibles causas para que no pueda ser admitida a trámite.

También explica las fases del procedimiento, cuya duración máxima con carácter general será de cuatro meses desde la presentación del escrito. Por último, recuerda que el informe final con que se concluye el expediente no recoge valoraciones económicas de posibles daños y perjuicios para el usuario ni tiene carácter jurídicamente vinculante para las partes, si bien la entidad reclamada debe informar al supervisor de las actuaciones que ha realizado en caso de que la resolución sea favorable al reclamante.

Asimismo, informa sobre la posibilidad de acudir a los tres supervisores para resolver cualquier duda sobre los productos y servicios financieros.

 

Fuente: El Economista

Mifid

La incorporación de una nueva directiva europea a la legislación española obligará a las entidades a segmentar su cartera de clientes en función de la cultura financiera que tengan.

Aunque con retraso y a falta de su tramitación en el Senado, la nueva Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros -más conocida como Mifid- por sus siglas en inglés) ya está en marcha. La Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados aprobó esta semana con competencias legislativas plenas la reforma de la Ley del Mercado de Valores que recoge la transposición de dicha directiva. Y se espera que entre en vigor antes de fin de año.

Según aseguran en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el alcance de la Mifid es muy amplio. Todas las personas y entidades que actúan en las Bolsas de valores se verán afectados, ya que cambiará la estructura de los mercados y se modificarán la forma de operar de las empresas de inversión, su organización y su relación con los clientes. «Implicará importantes retos para las entidades, los supervisores y los mercados, que deberán ser afrontados tanto en la fase de adaptación como en su cumplimiento».

La mayoría de las entidades ya ha notificado por escrito a sus clientes sobre las implicaciones de la nueva normativa financiera, resaltando, en el caso de Banesto, que «supone un avance hacia un mercado único europeo de servicios financieros, reforzando la competitividad de los estados miembros y, en especial, procurando una mayor protección a los inversores».

¿Qué beneficios supondrá la MiFID? Según los expertos, los más beneficiados serán los clientes, ya que las entidades tendrán la obligación de incluir en su lista de servicios de inversión el «asesoramiento financiero personalizado». Así, los clientes se sentirán más protegidos y con mayor conocimiento a la hora de realizar sus inversiones. Por su parte, las entidades podrán explotar mejor el conocimiento de dichos clientes para ofrecerles nuevos productos y un mayor acceso al mercado inversor europeo.

Los expertos creen que, en muchas ocasiones, el mercado financiero ha sido «abusivo» con el cliente a la hora de venderle los productos y, por eso, la Mifid será positiva. «Las entidades deberán segmentar su cartera en función de la cultura financiera de los clientes y tendrán no sólo que informarles sobre lo que es un producto, sino también asegurarse de que lo entiende», asegura Luis Rodríguez Soler, director gerente asociado de la consultora especializada en seguridad y riesgo Kroll, que acaba de presentar el primer Informe Global sobre Fraude la semana pasada.

Para asegurar la protección de los inversores, la Directiva de Mercados e Instrumentos Financieros obliga a las entidades a clasificar a sus clientes en función de su perfil de riesgo, experiencia inversora, conocimientos y capacidad financiera. Se agruparán bajo tres grupos básicos: clientes particulares (máxima protección), clientes profesionales (protección limitada) y contrapartes elegibles (protección nula).

Además de la reclasificación de sus clientes, algo que será complejo, según los expertos, las entidades tendrán que hacer frente al coste económico que conllevará la normativa, y a un potencial aumento de sus responsabilidades ante casos de inversiones fallidas o ruinosas. La CNMV ha reconocido que hay un riesgo de que se incrementen las denuncias de inversores que hayan perdido dinero y pidan responsabilidades a sus asesores.

Otra de las consecuencias de la Mifid es que obligará a las empresas de servicios de inversión a divulgar información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, como la exposición al riesgo y las formas de gestión de éste. Esta información obligada irá contenida en un documento que tendrá, al menos, una periodicidad anual.

La norma también amplía los servicios de inversión, con la creación de la nueva categoría: Empresas de Asesoramiento Financiero (EAFI), que se añade a las tres existentes, sociedad de valores, agencia de valores y sociedad gestora de carteras.

Fuente: El Mundo, vía Reggio

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